Informe final de la Comisión de la Verdad, sobre los hechos del Palacio de Justicia

Jorge Aníbal Gómez Gallego, José Roberto Herrera Vergara, Nilson Pinilla Pinilla 229 la temperatura del cadáver, en función de la disminución que registra, y así se estima la hora de ocurrencia del deceso, teniendo en cuenta también la aparición de otros fenómenos cadavéricos y los intervalos en los se pre- sentan, así como los datos entomológicos que pueda mostrar un cadáver. 188. Para la toma de la temperatura de un cadáver se requiere que éste tenga un grado de conservación que permita la toma (rectal) y la observación de fenómenos como opacidad ocular, rigor mortis, livideces, etc. Enton- ces, la estimación de la data de muerte es un proceso que se inicia desde el levantamiento y culmina con las observaciones del patólogo en la morgue. Evidentemente, existen casos en los cuales no se puede estimar con mucha precisión, pero debe consignarse así. 189. Ahora, es importante aclarar que se trata de una estimación y no de una determinación, lo cual da márgenes de error que pueden ser bastante amplios, sobre todo en caso de mayor antigüedad (un cadáver esqueletizado de 20 años atrás o un caso arqueológico, por ejemplo). En casos como los del Palacio se debe cruzar la información conocida de algunos eventos; por ejemplo, los muertos carbonizados del cuarto piso no pudieron morir antes de las 11:30 horas del 6 de noviembre ni más allá de las 22:00 horas del mismo día. Esto es importante porque permite manejar el intervalo en el que se produjo la muerte. 190. Ahora bien, en el registro mismo de la información se aconseja, desde el punto de vista técnico, la utilización del sistema de 24 horas, pues no implica la repetición de horas ni su diferenciación entre a. m. y p. m. 191. Al examinar la documentación existente saltan a la vista errores relevantes; por ejemplo, se registró una hora de muerte posterior al fin de los eventos, como en los casos de los protocolos de necropsia 3766 y 3767, que señalan las 24:30 y las 24:00 del 7 de noviembre de 1985. Además, la primera hora no existe, ya que debería ser 00:30, y la otra hora correcta sería 00:00. Resalta el desacierto de los funcionarios que efectuaron los levanta- mientos y las necropsias, ya que no precisaron adecuadamente la información pertinente y, sobre todo, los últimos datos que pudieran consignar la infor- mación correcta o corregir lo que mencionaban las actas de levantamiento, aunque también existen casos en los que prudentemente dichos datos no se indican o se señala que la data de muerte está por determinar. 192. Más allá de la equivocación y del menosprecio técnico por la p orque se asume que existen muchos

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