Informe final de la Comisión de la Verdad, sobre los hechos del Palacio de Justicia

Jorge Aníbal Gómez Gallego, José Roberto Herrera Vergara, Nilson Pinilla Pinilla 23 algunos casos, ha puesto en riesgo la vida y la integridad personal de algunos de sus miembros, quienes se han visto forzados a marginarse de la búsqueda. 2 18. Ante el asombro del mundo, en los trágicos hechos del Palacio de Justicia protagonizados por el M-19 y las Fuerzas Armadas, ante la indi- ferencia del gobierno y con total irrespeto, fueron secuestradas cientos de personas, se destruyó y se incineró el templo de la justicia, fue diezmada la Corte Suprema con el sacrificio directo de once de sus egregios magistrados y se dio muerte a casi un centenar de personas, dejando infinidad de víctimas, lo que sin duda constituye uno de los dos hechos más vergonzosos y graves de la historia del país en la centuria precedente. 3 19. El magistrado Eduardo López Villegas, al instalar los eventos pú- blicos de la Comisión de la Verdad en noviembre de 2008, expresó, sobre el sentido del trabajo de la Comisión, que “sería ya bastante el establecimiento del derecho de las víctimas a la verdad porque se los restituye en la dignidad ultrajada por el engaño urdido por sus verdugos, y la afrentosa jactancia por falsas proezas”. 20. Y agregó que […] es esa la verdad que ha de pregonar la historia, la que han de reescri- bir los que la han contado como una audacia subversiva o una práctica castrense, y en su lugar hablarles a las nuevas generaciones de que allí en el Palacio de Justicia tuvo ocurrencia la más grave laceración que rama del poder alguna ha recibido en nuestra historia civilizada e incivilizada, con la inmolación de magistrados, funcionarios y em- pleados al servicio de la justicia, la que fue abandonada a merced de victimarios sin escrúpulos. El desarrollo del trabajo de la Comisión de la Verdad 21. Para llevar a cabo la tarea histórica a ella encomendada, la Comisión de la Verdad no recibió apoyo logístico, material ni humano de parte de ninguna instancia estatal. Así, el presente Informe es el resultado del compromiso directo y personal de los comisionados, con recursos de su propio peculio y, 2 Véase, por ejemplo, Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso de las Hermanas Serrano Cruz vs. El Salvador, párr. 113-114; Caso de la “Masacre de Mapiripán” vs. Colombia, párr. 144-146; Caso de las Masacres de Ituango vs. Colombia, párr. 289; Caso Ximenes Lopes vs. Brasil, párr. 156; Caso López Álvarez vs. Honduras, Sentencia de 1 de febrero de 2006, párr. 119; Caso Gómez Palomino vs. Perú, párr. 60. 3 El otro hecho es el asesinato del líder Jorge Eliécer Gaitán y los eventos que se derivaron de ello.

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